lunes, 9 de julio de 2012

Ley Orgánica de Educación (L.O.E.)

Ésta ley fué aprobada el 3 de Mayo del 2006, que deroga todas las leyes anteriores, menos la LODE, a la que sólo modifica.


Los epígrafes de la L.O.E. son: 
Titulo preliminar: artículos 1-11.
Capítulo I: Principios y fines de la educación.
Capítulo II: la organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida.
Capítulo III: Currículum.
Capítulo IV: Cooperación entre administraciones educativas.

Título I: Las enseñanzas y su ordenación. Artículo 12-70.
Capítulo I: Educación infantil.
Capítulo II: Educación primaria.
Capítulo III: Educación secundaria obligatoria.
Capítulo IV: Bachillerato.
Capítulo V: Formación profesional.
Capítulo VI: Enseñanzas artísticas.
Capítulo VII: Enseñanzas de idiomas.
Capítulo VIII: Enseñanzas deportivas.
Capítulo IX: Educación de personas adultas.

Título II: Equidad en la educación. Artículo 71-90.
Capítulo I: Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Capítulo II: Compensación de las desigualdades en educación.
Capítulo III: Escolarización en centros públicos y privados concertados.
Capítulo IV: Premios, concursos y reconocimientos.

Título III: Profesorado. Artículo 91-106.
Capítulo I: Funciones del profesorado.
Capítulo II: Profesorado en distintas enseñanzas.
Capítulo III: Formación del profesorado.
Capítulo IV: Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado.

Título IV: Centros docentes. Artículo 107-117.
Capítulo I: Principios generales.
Capítulo II: Centros públicos.
Capítulo III: Centros privados.
Capítulo IV: Centros privados concertados.

Título V: Participación, autonomía y gobierno de los centros. Arts. 118-139.
Capítulo I: Participación en el funcionamiento y gobierno de los centros.
Capítulo II: Autonomía de los centros.
Capítulo III: Órganos colegiados de gobierno y coordinación docente de los centros públicos.
Capítulo IV: Dirección de los centros públicos.

Título VI: Evaluación del sistema educativo. Artículo 140-147.

Título VII: Inspección del sistema educativo. Artículo 148-154.
Capítulo I: Alta inspección.
Capítulo II: Inspección educativa.

Título VIII: Recursos económicos. Artículo 155-157.



AMPLIACIÓN DE LOS APARTADOS OBJETO DE ESTUDIO DE LA ASIGNATURA


En la asignatura de Organización vamos a utilizar la L.O.E. pero sobre todo vamos a utilizar lo que se refiere a la educación primaria y a la educación infantil en los centros escolares.


EDUCACIÓN INFANTIL

Se ordena en dos ciclos (0-3 y 3-6 años) y tiene un carácter educativo y voluntario.
·         La finalidad de esta etapa es contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
·         Las Administraciones educativas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo.
·         El segundo ciclo será gratuito y las Administraciones educativas garantizarán una oferta de plazas en centros públicos y concertarán con centros privados, en el contexto de su programación educativa.
·         En el segundo ciclo se fomentará la aproximación a la lengua extranjera. Asimismo se fomentará una primera aproximación a la lectura y escritura, en las habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical.


EDUCACIÓN PRIMARIA
·         Se ordena en tres ciclos (6-8, 8-10 y 10-12  años).
·         La finalidad de esta etapa es proporcionar a todos los niños y niñas una educación que permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo, así como desarrollar las habilidades sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad.
·         Las áreas son las siguientes:
-         Conocimiento del medio natural, social y cultural
-         Educación artística
-         Educación física
-         Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura.
-         Lengua extranjera
-         Matemáticas
·         En uno de los cursos del 3º ciclo de la etapa se añadirá el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
·         En el 3º ciclo, las Administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera.
·         Énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en los planes de refuerzo.
·         Sólo se podrá repetir una vez en toda la Primaria y con un plan específico de refuerzo de las competencias básicas.
·         En 4º de Primaria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas.
·         Informe individualizado en 6º y coordinación con la etapa siguiente.
·         La acción tutorial orientará todo el proceso educativo.

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